En los últimos años el aborto se ha convertido en uno de los temas más controversiales en el mundo entero; sin embargo los pensamientos y criterios de la sociedad, alejados del marco bioético, objetivo y científico han impedido que se logre un consenso legal sobre el tema.

Hay que considerar que la existencia de un nuevo ser no solo contempla su nacimiento, sino toda una vida, aproximadamente 70 años; lo cual nos hace pensar también en la calidad de vida de ese ser que depende de su salud, su familia, entorno social, situación económica, etc.
Además, los factores antes mencionados se encuentran en íntima relación con el derecho a la salud de las mujeres y tomando en cuenta la definición de la OMS que dice: “La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades”, se entiende a la negación del aborto como un incumplimiento de este derecho, ya que alterará de manera psicológica y tal vez social a la mujer y posiblemente al bebé.
Dos de los principales problemas a considerar son las alteraciones que afecten tanto a la madre como al feto y el embarazo producto de una violación. Dentro de este contexto hay que recalcar el hecho de que los derechos humanos protegen el derecho de la mujer a acceder a a servicios integrales de salud reproductiva, entre los que se incluye el aborto.

En el ámbito legal ecuatoriano, las alteraciones que afectan a la madre y ponen en riesgo su vida, son ventajosamente consideradas en el numeral 1 del artículo 150 del COIP donde se establece que el aborto no será punible en el siguiente caso:
1. Si se ha practicado para evitar un peligro para la vida o salud de la mujer embarazada y si este peligro no puede ser evitado por otros medios.
Sin embargo, no se consideran a las malformaciones congénitas como causa para despenalizar el aborto, a pesar de que afectan el bienestar físico, mental e incluso social del bebé y también el bienestar mental de su madre transgrediendo el derecho a la salud establecido por la OMS.

De igual manera ocurre con el aborto por violación, se lo toma en cuenta pero no de manera completa, ya que en el mismo Artículo 150 del COIP numeral 2, se establece que el aborto no será punible:
2. Si el embarazo es consecuencia de una violación en una mujer que padezca de discapacidad mental.
Entendiéndose que se excluyen a las mujeres que no padecen de discapacidades mentales, se da la misma situación de transgresión al derecho a la salud definido por la OMS.
A todo lo ya expuesto, se debe añadir que:
- Durante el 2019 en el Ecuador se registraron un promedio de 42 denuncias diarias por violación, abuso y acoso sexual a mujeres y menores (1). Según el INEC en el 2018, 19,6% (57.455) de nacidos vivos fueron de madres menores de 20 años (2).
- Más de la mitad de malformaciones congénitas no tiene una causa específica, a nivel mundial afectan a 1 de cada 33 recién nacidos y causan 3,2 millones de discapacidades al año (3). En América son la segunda causa de muerte en niños menores de 1 año de edad, representando entre el 2 y 27% de mortalidad infantil (4).Según el INEC en el año 2018 el 2,5% de defunciones fetales fueron por malformaciones (2).
- A pesar de la existencia de artículos legales, que permitan la despenalización del aborto en ciertas circunstancias, muchas veces no se cumplen, debido a la cultura y falta de visibilización e información tanto de la población general como de las unidades de salud (5).
Por lo tanto como sociedad, debemos educarnos e informarnos, con el fin de cambiar nuestra cultura y nuestra visión sobre estos temas que afectan en gran medida la salud, entendida como un bienestar completo, de mujeres, madres e hijos y mediante esto alcanzar medidas legales para brindar una atención integral en salud reproductiva a todo aquel que la necesite.
Bibliografía:
- El Comercio. En Ecuador se registran 42 denuncias diarias por violación o agresión sexual [Internet]. El Comercio: 12 de mayo de 2019 [consultado el: 13-11-2020]. Disponible en: https://www.elcomercio.com/actualidad/ecuador-denuncias-abuso-sexual-menores.html
- INEC. Estadísticas vitales, Registro Estadístico de Nacidos Vivos y defunciones 2018 [Internet]. INEC. [consultado el: 13-11-2020]. Disponible en: https://www.ecuadorencifras.gob.ec/documentos/web-inec/Poblacion_y_Demografia/Nacimientos_Defunciones/2018/Principales_resultados_nac_y_def_2018.pdf
- Verónica Cristina Criollo Cajamarca, Jéssica Viviana Velecela Chumbi. Características de las malformaciones congénitas en recién nacidos del Hospital “Vicente Corral Moscoso”, 2010-2014. [Internet]. Universidad de Cuenca: 2016 [consultado el: 13-11-2020]. Disponible en: http://dspace.ucuenca.edu.ec/bitstream/123456789/25336/1/TESIS.pdf
- Cristina Matovelle Ochoa, Priscila Matovelle, Fray Martinez-Reyes, Fernando Córdova Neira. Estudio Descriptivo: Frecuencia de Malformaciones Congénitas en Pacientes Pediátricos del Hospital “José Carrasco Arteaga”. Revista Médica del José Carrasco Arteaga [Internet] 2015 [consultado el: 13-11-2020]; 7 (3): 249-253. Disponible en: https://www.researchgate.net/publication/305057100_ESTUDIO_DESCRIPTIVO_FRECUENCIA_DE_MALFORMACIONES_CONGENITAS_EN_PACIENTES_PEDIATRICOS_DEL_HOSPITAL_JOSE_CARRASCO_ARTEAGA#:~:text=INTRODUCCION%3A%20Las%20malformaciones%20congenitas%20son,causa%20importante%20de%20morbilidad%20y
- Thalíe Ponce. En Ecuador el acceso al aborto es difícil, hasta cuando es legal [Internet]. Primicias: 20-10-2020 [consultado el: 13-11-2020]. Disponible en: https://www.primicias.ec/noticias/sociedad/aborto-opcion-legal-salud-mujer-riesgo/